sábado, 9 de abril de 2016

BIENVENIDOS A TODOS



DERECHO ADMINISTRATIVO




Este blog  realizara para tener herramientas para la fácil comprensión del administración de justicia que existe en nuestro sistema de justicia así como la realización de una herramienta mas para la comprensión de algunos temas los cuales necesitamos saber como están compuestos ya que a través de ellos tenemos una mejor visión  de lo que pasa  nuestro sistema.

Enseñar,crear e imaginar como esta compuesto todo lo que nos interesa ya que así nos motiva a indagar al mecanismo que tienen nuestras secretarias y los recursos que obtiene el poder ejecutivo.


¿QUE ES EL DERECHO ADMINISTRATIVO?

¿QUE ES EL DERECHO ADMINISTRATIVO?

El derecho administrativo es la rama del derecho que se encarga de la regulación de la administración publica, se trata del ordenamiento jurídico respecto a su organización sus servicios y relaciones con los ciudadanos.

Las normas y principios que son objeto de estudio por parte del derecho administrativo no forman, según ya hemos dicho, un sistema, sino tan sólo un complejo o conjunto de normas jurídicas positivas, de principios de derecho público y de reglas jurisprudenciales. A diferencia de otras ramas del derecho positivo, no se halla ésta completamente legislada, y por ello debe recurrirse frecuentemente a elaboraciones jurisprudenciales o a principios constitucionales para configurar una institución de derecho administrativo: Eso lo torna bastante impreciso, muy librado a disquisiciones, contradicciones y oscuridades doctrinarias, a arbitrariedades y despotismos de los órganos administrativos cuando los jueces carecen de personalidad para imponer la protección de la persona humana; a evoluciones e involuciones: Es netamente un derecho en formación, tanto en sus normas positivas como en sus principios científicos.


GLOSARIO

GLOSARIO


ADMINISTRACION PÚBLICA PARAESTATAL (SECTOR PARAESTATAL).- Conjunto de entidades de control presupuestario directo e indirecto integrado por: los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las sociedades nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y los fideicomisos públicos. 

ADMINISTRAR.-Realizar actos mediante los cuales se orienta el aprovechamiento de los recursos materiales, humanos, financieros y técnicos de una organización hacia el cumplimiento de los objetivos institucionales.  

CONTRATO ADMINISTRATIVO.- Acuerdo de voluntades celebrado, por una parte la administración pública y por la otra personas privadas o públicas, con la finalidad de crear, modificar o extinguir una situación de interés general, o en particular relacionada con los servicios públicos, que unen a las partes a una relación de estricto derecho público, sobre las bases de un régimen exorbitante del Estado. Los principales contratos administrativos, son el de suministro y el de obra pública.

DESCENTRALIZACIÓN.- Acción y efecto de descentralizar. // Transferir a diversas corporaciones u oficios, parte de la autoridad que antes ejercicio el gobierno supremo del Estado. // Forma de organización administrativa. 

LICENCIA.- Autorización oficial para ejercer determinada actividad por un periodo dado.  

ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA ADMINISTRACION

ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN

El pensamiento administrativo es muy antiguo, ya que nace con el hombre mismo, porque en cualquier tiempo de la historia ha habido la necesidad de coordinar, tomar decisiones y ejecutar. Sin embargo la historia de las organizaciones y su administración tiene su origen en una época más reciente.

La palabra administración tiene su origen del latín, y se divide en ad, dirección o tendencia, y minister, obediencia o subordinación. Significa aquel que realiza una función bajo el mando de otro. Para poder entender la definición de la administración se debe conocer la perspectiva de los antecedentes de su disciplina. Por eso surge la importancia de conocer la historia y origen de la administración, ya que cada civilización ha contribuido a mejorar y a realizar aportes a esta disciplina que en la actualidad se encuentra en nuestras sociedades en sus diferentes organizaciones.

DESCENTRALIZACION

DESCENTRALIZACION

Gabino Fraga define la descentralización en los términos siguientes:  la descentralización, la cual consiste en confiar la realización de algunas actividades administrativas a órganos que guardan con la administración central una relación que no es la de jerarquía",es el de que los funcionarios y empleados que lo integran gozan de una autonomía orgánica y no están sujetos a los poderes jerárquicos.

BASES CONSTITUCIONALES

BASES CONSTITUCIONALES
En el articulo 39 la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo.Todo poder publico dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este.El pueblo tiene en todo tiempo, el inalienable derecho de alterlo modificar la forma de su gobierno.

El poder ejecutivo el titular del poder ejecutivo de los estados es el gobernador,cuya elección y facultades están reguladas por la constitución del estado.

El gobernador es electo por voto mayoritario de los ciudadanos de la entidad, desempeñara su cargo 6 años, no pudiendo ocupar de nuevo ese puesto ni aun con el carácter de interino, provisional, sustituto o encargado del despacho.Corresponde al poder judicial del estado  de tamaulipas, el ejercicio de la función jurisdiccional en los asuetos del fuero común,  lo términos que le confieren  la constitución política. 

PRINCIPIOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

PRINCIPIOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVOS

Se rigen por los principios de economía celeridad es el conjunto de  conocimientos sistematizados y organizados unificados. Su estudio es la administración del estado eficacia,legalidad publica y buena fe.

Se rigen por los principios rigen por los principios de economía celeridad